complemento para la reduccion de la brecha de genero retroactivo

Complemento para la reducción de la brecha de género retroactivo

La brecha de género en las pensiones sigue siendo una realidad en España. Para combatirla, la Seguridad Social reconoce un plus económico junto a la pensión contributiva. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de mayo de 2025, miles de pensionistas varones pueden reclamar ahora el complemento para la reducción de la brecha de género retroactivo y cobrar atrasos que, en muchos casos, superan los 3.000 euros. En este artículo te explicamos qué es, quién puede pedirlo, cuánto supone en 2026 y cómo reclamarlo paso a paso.

Qué es el complemento para la reducción de la brecha de género

Es una cuantía extra que se suma a tu pensión contributiva. Lo regula el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, tras la reforma del Real Decreto-ley 3/2021. Sustituye al antiguo complemento por maternidad por aportación demográfica.

Su objetivo es sencillo: compensar el perjuicio profesional que ha supuesto históricamente el cuidado de los hijos, que ha recaído sobre todo en las mujeres. Este plus estará vigente mientras la brecha de género en las pensiones supere el 5%.

Se aplica a las siguientes pensiones contributivas:

  • Jubilación ordinaria.
  • Jubilación anticipada voluntaria.
  • Incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez).
  • Viudedad.

Ojo: no se aplica a la jubilación parcial.

La sentencia del TJUE que permite la retroactividad

Hasta 2025, los hombres tenían muy complicado acceder a este complemento. La ley les exigía requisitos más duros que a las mujeres. Esto cambió con una decisión judicial europea que marca un antes y un después.

Qué dice la sentencia de 15 de mayo de 2025

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en los asuntos acumulados C-623/23 y C-626/23, declaró que esta diferencia de trato era discriminatoria. Obliga al INSS a aplicar el artículo 60 de la LGSS en los mismos términos a hombres y mujeres.

En la práctica, esto significa que los padres pensionistas pueden reclamar el complemento si cumplen los mismos requisitos básicos que las madres.

Cuánta retroactividad puedes reclamar

Aquí está la clave. La retroactividad depende de la fecha en la que se reconoció tu pensión:

  • Si tu pensión se reconoció antes del 15 de mayo de 2025, los efectos económicos se retrotraen hasta la fecha de inicio de la pensión. Es decir, podrías cobrar atrasos desde 2021 en algunos casos.
  • Si tu pensión se reconoció después del 15 de mayo de 2025, se aplica la retroactividad general de tres meses.

Esta diferencia puede suponer miles de euros. Por eso es importante revisar cada caso con un asesor especializado.

Quién puede solicitar el complemento

El derecho al complemento no es automático. Hay que reunir una serie de requisitos. Los analizamos por separado para madres y padres, porque las condiciones siguen siendo distintas sobre el papel, aunque la sentencia europea equipara los efectos prácticos.

Pueden solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género retroactivo:

  • Mujeres con una pensión contributiva reconocida desde el 4 de febrero de 2021 y con uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
  • Hombres con una pensión contributiva reconocida desde el 4 de febrero de 2021, con uno o más hijos y que acrediten un perjuicio real en su carrera profesional. Se considera perjuicio cuando la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento o adopción es inferior, en más de un 15%, a la de los 24 meses previos.
  • Personas que perciban pensión de jubilación, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente o viudedad.
  • Personas que cumplan los requisitos en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social.

Importante: el complemento es incompatible con el antiguo complemento por maternidad. Si ya lo cobras, tendrás que optar entre uno u otro al tramitar una nueva pensión. Si tienes dudas sobre tu caso, nuestro equipo de asesoría laboral en Lorca puede ayudarte.

Cuantía del complemento en 2026

La cuantía se actualiza cada año a través de los Presupuestos Generales del Estado. En 2026 ha subido un 2,7% respecto al año anterior. El Real Decreto-ley 3/2026 fija los importes vigentes.

Importe por hijo o hija en 2026

En 2026, el complemento asciende a 36,90 euros mensuales por cada hijo o hija. El tope son cuatro hijos, por lo que el importe máximo mensual se queda en 147,60 euros.

Se abona en 14 pagas, es decir, junto con la pensión ordinaria y también con las pagas extras de junio y noviembre.

Evolución del importe

Año Importe mensual por hijo/a
2021 27,00 €
2022 28,00 €
2023 30,40 €
2024 33,20 €
2025 35,90 €
2026 36,90 €

Este complemento no cuenta para el límite máximo de las pensiones contributivas. Tampoco influye en el cálculo del complemento a mínimos. Es decir, se cobra íntegro y al margen de otros topes.

Ejemplo práctico de atrasos

Imagina un pensionista varón con dos hijos. Se jubiló en junio de 2022 y nunca le reconocieron el complemento. Tras la sentencia del TJUE, solicita ahora el complemento con retroactividad completa.

  • Cuantía actual: 73,80 €/mes (2 hijos × 36,90 €).
  • Periodo a recuperar: desde junio de 2022.
  • Atrasos brutos estimados: entre 3.500 y 4.500 €.

Y, además, seguirá cobrando los 73,80 euros cada mes de por vida.

Cómo reclamar el complemento para la reducción

La tramitación puede hacerse online, de forma presencial o por escrito. Te dejamos los pasos más importantes:

  • Reúne la documentación: DNI, Libro de Familia o certificado de nacimiento de los hijos, resolución de tu pensión, informe de vida laboral y, si eres hombre, documentación que acredite el perjuicio en tu carrera profesional.
  • Elige la vía de solicitud: lo más rápido es hacerlo online en la sede electrónica de la Seguridad Social con Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital. También puedes pedir cita previa en las oficinas del INSS.
  • Rellena el modelo específico: existe un formulario oficial para solicitar el complemento. Se presenta junto a la solicitud de la pensión o, si ya la cobras, como reclamación posterior.
  • Espera la resolución: el INSS suele tardar entre 3 y 6 meses en contestar.
  • Si te lo deniegan, reclama: dispones de 30 días hábiles para presentar reclamación previa. Si tampoco prospera, puede acudirse a la vía judicial ante el Juzgado de lo Social. En estos casos, contar con un equipo de asesoría jurídica marca la diferencia.
  • Revisa tu nómina de pensión: comprueba que el importe se incorpora correctamente y que los atrasos se han abonado según la fecha de efectos que te corresponde.

Reclama tus atrasos con Salma Asesores

El complemento puede suponer varios miles de euros en tu bolsillo. Pero cada caso tiene sus particularidades: fecha de la pensión, número de hijos, bases de cotización, incompatibilidades con el antiguo complemento por maternidad… Un error en la solicitud o en la documentación puede retrasar meses el cobro o suponer una denegación.

En Salma Asesores llevamos años ayudando a pensionistas de Lorca y de toda la Región de Murcia a reclamar sus derechos ante la Seguridad Social. Estudiamos tu caso, calculamos los atrasos que te corresponden y tramitamos la solicitud y, si hace falta, la reclamación judicial. Si quieres saber cuánto puedes recuperar, ponte en contacto con nosotros y te atenderemos sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir atrasos si me jubilé en 2022?

Sí. Siempre que tu pensión se reconociera a partir del 4 de febrero de 2021, puedes solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género retroactivo. Si eres hombre y tu pensión se reconoció antes del 15 de mayo de 2025, los efectos económicos se retrotraen hasta la fecha de inicio de tu pensión.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

No hay un plazo de caducidad para solicitar el complemento mientras tengas derecho a él. Ahora bien, si el INSS te lo deniega, tienes 30 días hábiles para presentar reclamación previa. Por eso conviene no dejarlo pasar.

¿Es compatible con el complemento a mínimos?

Sí. El complemento no se tiene en cuenta para determinar si tu pensión está por debajo de la mínima. Tampoco influye en el límite máximo de pensiones contributivas. Se cobra íntegro.

Soy viudo, ¿tengo derecho?

Puedes tener derecho si tu pensión de viudedad se reconoció a partir del 4 de febrero de 2021, tienes hijos y acreditas los requisitos que la sentencia del TJUE ha abierto a los hombres. Es un caso frecuente y merece la pena estudiarlo.

¿Qué pasa si ya cobro el antiguo complemento por maternidad?

Si ya percibes el complemento por maternidad, lo mantienes. Solo tendrás que elegir entre uno u otro si te reconocen una nueva pensión pública. En esa situación, conviene calcular cuál te conviene más antes de firmar.

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