RETENCIÓN A PRACTICAR SOBRE LOS RENDIMIENTOS DE ARRENDAMIENTOS URBANOS

CIRCULAR RETENCIONES 2015

Estimado Cliente:

Según establece el reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en su Disposición transitoria 13ª.2 redactada ésta por el RD 1003/2014, les comunicamos que para el periodo 2015 la retención a practicar sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación, será el resultado de aplicar el porcentaje del 20% sobre todos los conceptos que se satisfagan al arrendador, excluido el IVA.

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o ampliación al respecto.

Departamento Fiscal

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