CIRCULAR RETENCIONES 2015
Estimado Cliente:
Según establece el reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en su Disposición transitoria 13ª.2 redactada ésta por el RD 1003/2014, les comunicamos que para el periodo 2015 la retención a practicar sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación, será el resultado de aplicar el porcentaje del 20% sobre todos los conceptos que se satisfagan al arrendador, excluido el IVA.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o ampliación al respecto.
Departamento Fiscal
